Cantero eleva una propuesta a la UNRC frente a los lamentables acontecimientos ocurridos

Imprimir E-Mail viernes, 28 de diciembre de 2007

El profesor, docente e investigador Ing. Alberto Cantero elevó una propuesta a la Universidad Nacional de Río Cuarto, dada la tragedia sucedida el 5 de diciembre de 2007 a causa del incendio de la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería y sus lamentables consecuencias en términos de la irreparable pérdida de vidas de miembros de la comunidad universitaria, con el consecuente dolor de familiares, amigos y la comunidad toda. El profesor Cantero propone entre varios aspectos retomar institucionalmente los fines y misiones de la Universidad Nacional de Río Cuarto, expresados en sus estatutos y pactos fundacionales, a partir de la generación concreta de las acciones que fueren necesarias implementar en los marcos normativos, de procedimientos, jurídicos e institucionales a partir del análisis y evaluación institucional de la tragedia acaecida. Encomendar a los ámbitos administrativos y autoridades competentes –Rectorado y Consejo Superior, Decanato y Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería- las gestiones pertinentes para el otorgamiento a las víctimas de este luctuoso suceso de los más altos reconocimientos previstos como figuras institucionales, por su vocación de servicio y responsabilidad institucional Encomendar al Área Jurídica de la UNRC que instrumente el reconocimiento de la responsabilidad civil de la UNRC, en lo que a la Institución compete, junto con el resarcimiento que legalmente correspondiere a los familiares de los 6 (seis) miembros de la comunidad universitaria fallecidos Encomendar al Área Jurídica de la UNRC que instrumente el reconocimiento de la responsabilidad civil de la UNRC, en lo que a la Institución compete, junto con el resarcimiento que legalmente correspondiere a los miembros de la comunidad universitaria que a causa de las heridas sufridas en el hecho hayan tenido secuelas de daño físico permanente.

VISTO

 

La tragedia sucedida el 5 de diciembre de 2007 a causa del incendio de la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Río Cuarto y sus lamentables consecuencias en términos de la irreparable pérdida de vidas de miembros de la comunidad universitaria, con el consecuente dolor de familiares, amigos y la comunidad toda; y

 

CONSIDERANDO

 

Que las naciones e instituciones son esencialmente construcciones colectivas, donde cada ser humano, con su impronta personal, su escala de valores, humanos y sociales, su experiencia como ser histórico, su relación con los demás va generando el entramado de la construcción social donde cada uno es parte fundante, inseparable y esencial de la propia Institución,

Que este concepto de institución como una construcción social colectiva e histórica tiene aún mayor fuerza cuando se trata de instituciones del conocimiento, de la cultura, de la educación y del saber, en las que los seres humanos son la esencia generadora de ese conocimiento y cultura, la parte activa y dinámica del aprender y enseñar en permanente interacción entre sí y con la sociedad de la que forman parte como núcleo social capaz de ver e interpretar la realidad actual y capaz de bucear en los problemas y soluciones del porvenir

 

Que la Universidad Nacional de Río Cuarto contiene estos valores esenciales desde su propia gestación, producto de las movilizaciones y demandas sociales de la ciudad de Río Cuarto y del centro y sur de Córdoba de fines de la década de 1960 y principios de la de 1970. La demanda social logró la creación formal de la Institución. La vida y dinámica interna de las mujeres y hombres que se fueron formando en ella y con ella, logró forjar la Institución actual, donde palpitan las esperanzas de una juventud con sus ansias de aprender junto con la entrega de vida de sus trabajadores, unos investigando, enseñando, descubriendo nuevas cosas, otros ayudando con su esfuerzo y la comunidad ciudadana y regional integrándose en esa aventura maravillosa que es comprender la realidad, enseñarla y ayudar a transformarla para entre todos lograr esa esperanza de vivir en una sociedad justa.

 

Que los seres humanos que forman el tejido social constructor del conocimiento y la educación son la esencia de la Institución Universidad, a la que le dan vida con su sentido de identidad y pertenencia mientras utilizan aulas, laboratorios, bibliotecas y equipamientos como ámbitos y herramientas, perfectibles y mejorables, en procura de los objetivos elevados y altruistas que la Institución Universidad se fija como metas.

 

Que es este conjunto indisoluble, el que se tiene que valorar, desarrollar, fortalecer y defender como Institución Universidad Nacional de Río Cuarto.

 

Que la comunidad de la Universidad Nacional de Río Cuarto se ha visto profundamente afectada por los sucesos ocurridos el 5 de diciembre del 2007, en la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería, cuyas consecuencias más terribles lo constituyen la pérdida de la vida de seis integrantes de la UNRC, cinco docentes-investigadores y un estudiante de la carrera de Ingeniería Química, mientras realizaban sus actividades diarias, en tareas de docencia o de innovación tecnológica en el marco de un Convenio y Protocolo de Trabajo oportunamente acordados.

 

Que este hecho ocurrido en la Planta Piloto de la UNRC, ha convulsionado las fibras más íntimas de todos los actores institucionales, afectando sensiblemente el tejido social de la comunidad, a partir de reacciones y sensaciones naturalmente atravesadas por la diferencia, pero todas ellas articuladas por el dolor ante la pérdida de vidas humanas queridas y valiosas y la conmoción de lo irreparable de ese acaecer,

 

Que este estado de conmoción ha obligado a revisar el pacto fundacional identitario y de comunidad que da razón de ser a las personas y el accionar de sus funciones y prácticas en el seno de la institución como sujetos en su condición de trabajadores, alumnos y miembros activos de esta Universidad Nacional.

 

Que en este contexto de reflexión, la comunidad universitaria mantiene vigente el principio de que la Universidad Nacional de Río Cuarto constituye una comunidad de trabajo, impulsada a la enseñanza y la difusión del conocimiento, así como a la producción, aplicación y transferencia del conocimiento científico y la innovación tecnológica, al servicio de las necesidades de la ciudad y la región, la provincia y la nación, y que -como tal- responde a los requerimientos y transformaciones indelegables de la realidad institucional, política, social, económica y cultural del País.

 

Que, precisamente en este marco, se conciben e interpretan los caminos a seguir para producir una necesaria reparación y reconquista de su hacer histórico, frente al luctuoso accidente acaecido en la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería.

 

Que el destino institucional a partir de este trágico evento no implica a la UNRC sólo en su carácter de entidad jurídica responsable, sino, sobre todo, en su carácter de Institución afirmada en una “comunidad” que se proyecta en la historia desde el momento de su creación con acciones, ideales, utopías, trabajos, compromisos, construcciones y proyectos y cuyo mayor capital es el humano, encarnado en hombres y mujeres, en personas concretas en su condición de sujetos históricos.

 

Que frente a estas personas es necesario tomar todas las decisiones que correspondieren para que puedan continuar poniendo su inteligencia, valores y saberes de vida en la formación de la juventud y en la creación de nuevos conocimientos. Ellas son la parte activa y dinámica del aprender y enseñar, concretando ese hacer con proyección hacia el futuro; porque ésa es “la institución Universidad Nacional de Río Cuarto” y no otra cosa.

 

Que como comunidad de trabajo la Universidad Nacional de Río Cuarto da permanente respuesta, al pacto fundacional que le diera origen, con compromiso y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones esenciales, indicadas en el Art., 1º de su Estatuto: “el desarrollo y la difusión de la cultura en todas sus formas a través de la enseñanza superior, la investigación científica, la preparación técnica, la formación profesional y la elevación del nivel ético y estético”, y a lo señalado en su artículo 2º “Su actividad se orienta hacia el esclarecimiento de los grandes problemas humanos, en forma preferente los de la vida nacional y en modo especial los de la región de Río Cuarto”.

 

Que, asimismo, corresponde en ese orden seguir destacando que la Universidad “debe ser un instrumento apto para proveer la capacidad científica, técnica y profesional necesaria para la transformación del país y la superación de la dependencia” y que la investigación científica y su aplicación al desarrollo de la comunidad debe ser “una actividad fundamental de la Universidad, cuyos planes deberán orientarse especialmente al estudio de los problemas y sus soluciones, en un marco regional consecuente con un desarrollo nacional; sin descuidar por ello la investigación básica orientada a la elaboración posterior de tecnologías y su transferencia, que puedan ser puestas al servicio de las necesidades concretas de la región y del país, a la vez que procure superar la distinción entre trabajo intelectual y manual”, tal como se lo señala en el título preliminar de su Estatuto.

 

Que, en esta línea de trabajo, ha sido la Universidad Nacional de Río Cuarto, en su historia institucional, un factor principal para el desarrollo del sur de la provincia de Córdoba y que muchos de los resultados de las investigaciones de esta Universidad han sido productos que no sólo han contribuido al progreso general de la ciencia, sino que también han sido pilares del desarrollo del País; sólo por citar algunos ejemplos: los avances en la electroquímica y comportamiento de membranas; la biotecnología aplicada en vegetales inferiores y superiores; el desarrollo de la hidrogeología y geología ambiental aplicada en ciudades y ambientes rurales; el descubrimiento y control de plagas y enfermedades en cultivos, como la virosis del “mal de río cuarto” del maíz; o las propuestas para el ordenamiento y manejo de las tierras y aguas del sur de Córdoba, base del actual Plan Federal del Control de Inundaciones en ejecución.

 

Que tal lo afirmado antes, son los recursos humanos quienes definen la institucionalidad de nuestra Universidad. Es su inteligencia y trabajo concreto lo que le otorga su rol y la fortalece institucionalmente, lo que le ha posibilitado alcanzar el prestigio nacional e internacional con que cuenta, debiendo reconocer específicamente la destacada labor y los últimos aportes tecnológicos que ha realizado la Universidad Nacional de Río Cuarto a través de la Facultad de Ingeniería, en las áreas de la protección de sistemas eléctricos de potencia donde la Institución es pionera en Argentina y centro de referencia mundial, en la cooperación con prestigiosas instituciones nacionales como la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) para los controladores de tierra de los satélites del sistema de emergencias desarrollado entre Italia y Argentina, y en un gran número de desarrollos e innovaciones tecnológicas, como los desarrollados para la industria aceitera argentina, junto con la formación y capacitación profesional (de grado) de recursos humanos como ingenieros, o de post grado dictados para especialistas y los magíster en dicha especialidad.

Que en el contexto de esta prospectiva y de estas funciones centrales, los seis miembros de la comunidad universitaria cuya pérdida lamentamos, víctimas del accidente de la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería, lo fueron mientras desarrollaban sus tareas de investigación, formación de recursos y desarrollos tecnológicos con capacidad, idoneidad profesional científica y tecnológica, ética y moral y compromiso en el cumplimiento de los fines institucionales, como parte de una unidad de enseñanza e investigación que se debía al desarrollo de la región y el país a partir de la producción y transferencia de conocimientos, sus aplicaciones y transferencias de bienes y servicios.

 

Que en tal sentido, deben encuadrarse como estrictamente institucionales las acciones que estaba desarrollando en la Planta Piloto el equipo de investigación integrado por los ingenieros desaparecidos Miguel Angel Mattea, Gladys Baralla de Simone y Damián Cardarelli y por el estudiante Juan Politano, por constituir actividades emanadas de un Convenio y un Protocolo de Trabajo, iniciado en su ejecución y tramitando, como es la rutina administrativa, las vías de protocolarización definitiva.

Que tanto el Convenio como el Protocolo de Trabajo fueron efectivamente firmados el 30 de octubre del 2007 por el Presidente de la Fundación de la Universidad Nacional de Río Cuarto, Ing. Carlos Bortis, Vice-Decano de la Facultad de Ingeniería, a la sazón a cargo del Decanato durante las semanas previas al accidente, motivo por el cual y dadas elementales razones de ética funcional, no firmó también como Decano a cargo, sino que decidió esperar el regreso del señor Decano de la Facultad de Ingeniería Ing. Diego Moitre.

 

Que el mencionado Convenio y Protocolo de Trabajo, estaban siguiendo las vías administrativas de formalización que normalmente se han venido respetando por años en la mencionada unidad académica.

 

Que también representan actividades estrictamente institucionales la presencia en la Planta Piloto y las acciones de docencia y de apoyos tecnológicos de los ingenieros Liliana Giacomelli y Carlos Ravera.

 

Que la Universidad Nacional de Río Cuarto reconoce la labor de este equipo y las actividades desarrolladas al momento del incendio como propias, más allá de no estar totalmente perfeccionado el acto administrativo del Convenio en que se enmarcaban, frente a lo cual corresponde considerar como condición sine qua non de aplicación jurídica en la interpretación administrativa de los hechos acaecidos, el Principio de Informalidad de los Actos Administrativos a favor del administrado, del cual hay jurisprudencia sentada, incluso en la propia UNRC,

 

Que la aplicación del Principio de Informalidad en los Actos Administrativos no desvaloriza ni transforma en espurio el hacer del mencionado equipo de investigación y docencia, sino que reubica conceptualmente un modo de concebir la responsabilidad y constricción al trabajo institucional, por la fuerza de la voluntad cotidiana en la investigación y desarrollos tecnológicos por parte de los investigadores de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Sobre este enunciado, en la Institución existen sobradas pruebas y precedentes administrativos y jurídicos.

 

Que este Principio de Informalidad de los Actos Administrativos supone e implica que debe concebirse como oficial el desarrollo de las actividades de investigación y desarrollos tecnológicos en el marco del Proyecto y Protocolo de Trabajo mencionados, demostrando los docentes de la UNRC que entregaron su vida en el compromiso y la aplicación extrema del cumplimiento de funciones y actividades señaladas como misión de la Universidad en su pacto liminar estatutario. Prueba de ello y en orden a esos principios y misiones, la propia Asamblea Universitaria reunida el 06 de agosto de 2001 declaró como propósito que “Mantener y profundizar este perfil institucional, significa enfrentar las circunstancias actuales y las condiciones estructurales de la realidad nacional de estos tiempos, convencidos de las dificultades que devienen de un contexto contrario a este perfil institucional y del esfuerzo que la comunidad universitaria deberá realizar. Pero es el requerimiento del trabajo, del esfuerzo cotidiano, que se lleva adelante con la profunda y serena alegría de las luchas justas y los objetivos claros”.

 

Que por lo expuesto, corresponde para los seis miembros fallecidos de la comunidad universitaria el más alto reconocimiento académico institucional post mortem, en función de que la trágica desaparición de los mismos, ocurrida en el marco del desarrollo y prestación de servicios en esta Universidad Nacional de Río Cuarto, implicó la entrega de sus vidas en el marco de actividades de desarrollo de la educación, la ciencia, el conocimiento y sus aplicaciones.

 

Que asimismo la situación de daño psico-afectivo comunitario requiere acciones específicas tendientes a su superación y la ejecución de acciones institucionales inmediatas tendientes a la reparación del daño moral y material, principalmente el de pérdida de vidas humanas, vidas que constituyen, el máximo bien institucional con que cuenta la UNRC.

Que la Universidad Nacional de Río Cuarto concibe a sus miembros y familiares como parte de su colectivo social, y que, ante la pérdida reconoce y asume su indelegable responsabilidad de resarcimiento moral y material inmediato a los familiares de las víctimas a causa de los hechos acontecidos, por encima de cualquier disputa legal . Resarcimiento que -debe entenderse- nunca podrá suplir ninguna de las vidas entregadas en el trabajo, sino que hace a la responsabilidad civil que marca la legislación vigente por la pérdida de vidas humanas y que, por el presente acto, asume en primera instancia la Universidad Nacional de Río Cuarto.

 

Que, por otra parte, la Justicia Federal de Río Cuarto y la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional de Río Cuarto, en los ámbitos específicos de sus competencias, están abocados a las tareas de esclarecimiento de los hechos ocurridos,

Que junto con la decisión precedente, todas las dependencias de la Universidad Nacional de Río Cuarto deben encarar las acciones y medidas necesarias y los trabajos que correspondan para dotar a toda la infraestructura universitaria de las condiciones de seguridad que indiquen los equipos y comisiones técnicas que se han formado al efecto, y realizar además la reparación edilicia de lo deteriorado, la reposición de todo el equipamiento e instalaciones destruidas. Asimismo, habida cuenta de la pérdida de vidas humanas es necesario reconocer el estado de dolor profundo de sus familiares, que es necesario reparar, y de los daños psicológicos en toda la comunidad, que es necesario curar. Este conjunto de acciones posibilitará recuperar la sensación de seguridad en el trabajo, la tranquilidad, la serenidad, la creatividad intelectual y la vida en el campus universitario. 

 

Que para ello es necesario solicitar institucionalmente apoyos y expresiones de solidaridad que se trasunten en la concreción de disponibilidad de recursos específicos para ello, en tanto los bienes necesarios para el cumplimiento de estos objetivos y necesidades -que entendemos imprescindibles para recuperar la vida académica y científica de la comunidad universitaria de Río Cuarto- tienen una cuantía que excede las posibilidades financieras de la propia institución.

 

Que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por unanimidad de todas las fuerzas políticas que la integran ha expresado su solidaridad con la Universidad Nacional de Río Cuarto y solicitado al Poder Ejecutivo de la Nación arbitre todas las medidas que sean necesarias para apoyar la mencionada Institución a efectos de que pueda recuperar la plenitud de sus actividades académicas, científicas y de vinculación social.

 

Que es necesario convocar al trabajo específico de todos los ámbitos competentes para el logro de los objetivos propuestos y encomendar a las autoridades de la Universidad Nacional de Río Cuarto la gestión de los recursos y apoyos tendientes a subsanar las necesidades ocasionadas por la tragedia del 5 de diciembre de 2007.

 

Que también se hace necesario expresar el reconocimiento y agradecimiento de la Universidad Nacional de Río Cuarto, de todos los integrantes de la comunidad universitaria y de la población de la Ciudad y la Región, a la celeridad, capacidad de respuesta y calidad de servicios demostrado por todos los integrantes de los cuerpos de emergencia médica, logística de traslados, bomberos, policías, defensa civil, local, regional y provincial y a los propios integrantes de la comunidad universitaria, que permitieron dar las respuestas necesarias a la altura de la gravedad de los acontecimientos acaecidos.

 

Que es responsabilidad de la máxima conducción de esta Universidad Nacional de Río Cuarto tomar todas las medidas que fueren necesarias, más aún ante la gravedad de la situación institucional que se atraviesa, para garantizar el desarrollo integral de la Institución en los términos enunciados más arriba.

 

 

POR ELLO LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA ( o CONSEJO SUPERIOR ...) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Retomar institucionalmente los fines y misiones de la Universidad Nacional de Río Cuarto, expresados en sus estatutos y pactos fundacionales, a partir de la generación concreta de las acciones que fueren necesarias implementar en los marcos normativos, de procedimientos, jurídicos e institucionales a partir del análisis y evaluación institucional de la tragedia acaecida el 5 de diciembre de 2007 en la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Río Cuarto.

 

Artículo 2º: Encomendar a los ámbitos administrativos y autoridades competentes –Rectorado y Consejo Superior, Decanato y Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería- las gestiones pertinentes para el otorgamiento a las víctimas de este luctuoso suceso de los más altos reconocimientos previstos como figuras institucionales, por su vocación de servicio y responsabilidad institucional: - Título de Ingeniero Químico Post Mortem para el alumno Juan Politano, en mérito de sus antecedentes académicos, condiciones de dedicación al estudio, al trabajo y su formación temprana en las actividades de investigación y desarrollos tecnológicos en el marco de un equipo de investigación institucional, - Título de Doctor Honoris Causa Post Mortem para los Ingenieros Miguel Angel Matea, Gladys Baralla y Damián Cardarelli, en mérito a la entrega y esfuerzo en el cumplimiento de funciones y servicios prestados a la docencia, la investigación científica y al desarrollo tecnológico de excelencia en sus respectivos proyectos y actividades a lo largo de sus vidas en la institución. - Título de Doctor Honoris Causa Post Mortem para la Ingeniera Liliana Giacomelli en función del cumplimiento de funciones de docencia e investigación científica y servicios de excelencia prestados a la UNRC durante toda su vida en la Institución. - Título de Doctor Honoris Causa Post Mortem para el Ingeniero Carlos Ravera, en mérito a los servicios técnicos en la creación y desarrollo de la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería y de asistencia y apoyo prestados a numerosos equipos de investigación abocados al desarrollo de la ciencia y la tecnología en esta Universidad Nacional de Río Cuarto.

 

Artículo 3º: Encomendar al Área Jurídica de la UNRC que instrumente el reconocimiento de la responsabilidad civil de la UNRC, en lo que a la Institución compete,, junto con el resarcimiento que legalmente correspondiere a los familiares de los 6 (seis) miembros de la comunidad universitaria fallecidos que se mencionan en el artículo 2º.

 

Artículo 4º: Encomendar al Área Jurídica de la UNRC que instrumente el reconocimiento de la responsabilidad civil de la UNRC, en lo que a la Institución compete, junto con el resarcimiento que legalmente correspondiere a los miembros de la comunidad universitaria que a causa de las heridas sufridas en el hecho hayan tenido secuelas de daño físico permanente.

 

Artículo 5º: Encomendar a las Areas Administrativas pertinentes de la UNRC el inicio de todas las acciones que fuesen necesarias ante las empresas de seguros y ART para lograr el rápido resarcimiento a los familiares de los miembros de la comunidad universitaria que perdieron la vida, y a las personas que hubieses sufrido daños físiscos permanentes y todo otro que corresponda a la Universidad Nacional de Río Cuarto.

 

Artículo 6º: Encomendar a las autoridades de la Universidad Nacional de Río Cuarto para expresar su reconocimiento y agradecimiento a las Autoridades Provinciales, Regionales y Locales por la excelente capacidad de todas las instituciones participantes en la respuesta y el control de la situación de emergencia y posterior cuidado y tratamientos médicos producto de este luctuoso suceso. Como así mismo expresar su reconocimiento a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por su expresión unánime de solidaridad y solicitud al Poder Ejecutivo Nacional de apoyo institucional a la UNRC.

 

Artículo 7º. Encomendar a las autoridades de la Universidad Nacional de Río Cuarto y a toda la comunidad universitaria se preste el más amplio apoyo y la cooperación que sea requerida a la Justicia Federal de Río Cuarto y la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad para el cumplimiento de las tareas que les competen.

 

Artículo 8º. Encomendar a las autoridades máximas del Rectorado y Áreas conexas responsables, en conjunto con las autoridades de la Facultad de Ingeniería, la planificación de las obras de seguridad y tareas de construcción y reconstrucción material que fuesen necesarias para poner en funcionamiento una Planta Piloto Ingeniería Química y demás dependencias de la Universidad que requieran refuncionalización, a partir de los informes y relevamientos técnicos de la Comisión de Seguridad designada por el Consejo Superior con la participación de representantes de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

 

Articulo 9º. Encomendar la incorporación en todo el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto de un sistema de gestión de seguridad e higiene del trabajo de acuerdo a las directrices de la Organización Internacional del Trabajo que fueran aprobadas por la Superintendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación Argentina, para que la UNRC alcance las certificaciones “Riesgo, Seguridad e Higiene Laboral en la Gestión Institucional” según la norma IRAM 3800 (Guía BS8800, Especificación OHSAS180).

 

Artículo 10º: Comisionar al Rector de la Universidad Nacional de Río Cuarto para que eleve los proyectos pertinentes tendientes a la gestión de un incremente presupuestario de carácter excepcional ante el Poder Ejecutivo Nacional, para afrontar y llevar adelante todas las acciones imprescindibles previstas en la presente Resolución, lo que también fue solicitado al Poder Ejecutivo Nacional por unanimidad por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en la aprobación de la Resolución de la sesión del 19 de diciembre del 2007.

 

Artículo 11º: Solicitar los apoyos necesarios como muestras de solidaridad de las comunidades locales, regionales, provinciales y nacionales con quienes la Universidad Nacional de Río Cuarto ha compartido una historia común de esfuerzos para el desarrollo y de todos, a los fines de ayudar a la comunidad universitaria a restituir sus lazos de integración, convicción y seguridad en el cumplimiento de sus funciones básicas, en un clima de solidaridad, trabajo mutuo, respeto, dignidad y esfuerzo compartido y cotidiano por parte de su gente, y para la implementación integral de la presente Resolución.

 

Artículo 12º: De forma.